luns, 14 de maio de 2018

Ano 1590. A CASA GRANDE de A PICOÑA (PARTE 2). Luis TRONCOSO de LIRA (o 1º)




LUIS TRONCOSO de LIRA

Luis TRONCOSO de LIRA, era fillo de Rodrigo López e de Inés Gómez, foi o sucesor nas casas de A Picoña e de Lira.

Tamén era descendente dos fundadores da Casa dos Arcos en Tui, según consta nun pleito no que intervíu sobre a presentación dun capelán para a capelanía de dita casa no ano 1617.

Adquiriu ao rei Felipe II a xurisdición da feligresía de San Martín de Picoña, que anteriormente pertencía ao Bispado de Tui:





Otrosi os mando que dexeys y consintays al dicho Gaspar de Villafañe tomar por mi nombre y para mi la posesión de todo lo susodicho arriba declarado y lo tener y recibir y cobrar por mi como dicho es, por quanto fuere mi voluntad y usar por mi y en mi nombre la dicha jurisdición cibil y criminal alta y baxa mero mixto ymperio de las dichas feligresias y sus terminos y lo demas arriba dicho y declarado y cumplir y executar mi justicia y le entregueys luego las varas della que teneys para que le use y exerça la jurisdicion por los alcaldes ordinarios y otra justicias y personas y segun y de la manera que agora se usa y exerce por las puestas y nombradas por el dicho ovispo y dignidad sin que hagan en esto novedad de que lo que hasta aqui sea usado y acostumbrado hazer y sinecesario es desde agora doy poder y facultad a los concexos y ayuntamientos de las dichas feligresias de Sancta Maria Sant Martin Sant Jorge de Salceda Santtome de parderrubias para que de aqui adelante se puedan llamar e yntitular y escrevir villas de por si sin que en lo susodicho ni parte alguna dello pongays ni consintays poner embargo ni ympedimiento alguno por quanto por la presente les damos poder y facultad para usar y exercer la dicha jurisdicion cibil y criminal alta baxa mero mixto ymperio de las dichas feligresias Sancta Maria, Sant Martin y Sant Jorge de Salceda y San Tome de Parderubias y sus terminos y jurisdicion en primera ynstancia y para ello traer bara de mi justicia en todos ello y pueda criar y nombrar alguaciles y escrivanos guardas y otras personas que para el uso y exercicio de la dicha jurisdicion y justicia y administracion della y las otras cosas de suso declaradas conbinieren y fueren necesarias nombrar si en todo lo qual y en cada una cosa y parte dello le he por recebido y le doy poder y facultad cumplido con todas sus yncedencia e dependencias anexidades y conexidades y para poder tomar y apreender en ni nombre desde luego las posesiones de lo susodicho y usar y exercer la dicha juridicional cibil y criminal y para arrendar recebir y cobrar las dichas rentas desde el dicho dia primero de enero del dicho año de quinientos y ochenta y nuebe en adelante con todo lo a ello anexo y dependiente y mando que las dichas posesiones se tomen en mi nombre de cada una de las dichas feligresias y rentas jurisdicionales dellas distintamente de por si poniendo por cabeza en cada posesion un treslado desta mi comision y los ha hecho de todo lo susodicho se hagan y pasen por ante Juan de Sotomayor mi escrivano el qual los trayga y presente originalmente en el mi consexo de hazienda y que aya y lleve de salario por cada un dia de los que en ello se ocupare setecientos y cinquenta mrs y el dicho mi escrivano quatrocientos mrs los quales dichos salario ayan y cobren de las personas del doctor Pedro de Alemparte Correa canonigo de la Sancta Yglesia de Sanctiago y Luis Troncoso de Lira y de Baltasar de Araujo que compran las dichas feligresias prorata de cada uno dellos lo que le tocare y los unos ni los otros no fagades ende al por alguna manera. Dada en Aranjuez a veynte de mayo de mil y quinientos y noventa años. Yo el rey. Yo Juan Lopez de Velasco secretario del rey nuestro señor la fize escrivir por su mandado.
Planero 8 – 10. Museo de Pontevedra. Deputación de Pontevedra





Luis casou con María Falcón de Soutomaior, natural de Vigo, quen era filla de Artur Vázquez Méndez e de Ana Falcón, e irmá de Gaspar e de Gonzalo Méndez de Soutomaior. Luis pleiteou contra seu sogro e cuñados, sobre a dote que lle fora prometida cando se uníu en matrimonio con María.


Sobre a nobreza da familia de María:




Y la higalguia y nobleça de Maria Falcon de Sotomayor abuela paterna del que pretende ademas de la comun opinion se prueva con el abito de don Antonio Mendez de Sotomayor cavallero de la horden de Santiago hijo de Gaspar Mendez de Sotomayor hermano entero de la dicha Maria Falcon hijos ambos de Artur Bazquez Mendez, y de Ana Falcon lo qual consta del testimonio, y genealogia que sacamos en esta corte del dicho avito donde estan expresados los dichos abuelos. Y que sean padres de la dicha Maria Falcon y Gaspar Mendez se prueva de una executoria de pleyto que la dicha Maria Falcon y Luis Troncoso de Lira su marido siguieron contra el dicho Artur Bazquez su padre, Gonçalo y Gaspar Mendez hermanos de la dicha Maria Falcon sobre la dote, que la prometieron para que casase con el dicho Luis Troncoso abuelo paterno del que pretende, la qual executoria traemos original y esta en el legajo de los papeles. Asimismo se prueva la hidalguia de la dicha Maria Falcon abuela paterna con una carta de executoria que litigo Pedro Fernandez Mendez hermano entero del dicho Artur Bazquez Mendez en la Real Chancilleria de Valladolid, y della consta que el dicho Pedro Fernandez Mendez fue declarado estar en posesion vel quasi de hijo dalgo, y que fue obedecida en la dicha villa de Vigo, la qual executoria original nos entrego el dicho don Antonio Mendez cavallero de la horden de Santiago por parar en su poder, y ba con los demas papeles. Y al fin della se halla un instrumento original despachado en el Real Audiencia de Valladolid a petiçion del dicho Artur Bazquez Mendez en que provo ser hermano del dicho Pedro Fernandez mendez que gano la dicha carta de executoria.
OM Caballeros Calatrava. Exp 2638. Archivo Histórico Nacional





Luis Troncoso e María Falcón tiveron catro fillos:

-        Bernardino Troncoso de Lira, que foi o sucesor,
-        Luis Troncoso Soutomaior, que foi abade de A Picoña e de Parderrubias, tamén foi comisario do Santo Oficio da Inquisición. Tivo dous fillos naturais: Luis Troncoso de Lira e Soutomaior, abade de Pías e tamén comisario do Santo Oficio, e Francisco Troncoso.
-        María Topete, quen casou co capitán Juan de Araújo e Zúñiga, señor da casa de Pedradagua en Parderrubias. Estando viúva fíxose monxa. María naceu no ano 1594, faleceu no 1663.

En 9 de Marzo falleció llena de virtudes y meritos la sierva de Dios Dª María Topete hija de la Casa de los Señores de la Picoña, y viuda de Dn Juan de Araujo Y Zuñiga, Señor de la de Piedradagua en San Jorge de Salceda: Diose sepulcro en la Yglesia parroquial de Santo Tomé de Parderrubias.
Historia Civil y Eclesiástica de la Ciudad de Tuy y su Obispado. Avila y la Cueva.

-        Rodrigo Troncoso e Soutomaior, de quen temos noticias de que no ano 1615 atopábase camiño das Indias ao servicio do Rei.


Árbore xenealóxica:

Árbore xenealóxica



No ano 1592, Luis foi requerido para o deslinde das parroquias de A Picoña e Santa María:



Y luego paresció ante el dicho juez Luis Troncoso de Lira, señor de la villa de San Martiño el qual dijo benir para allarse presente al apeo y demarcación por donde parte la villa de Salzeda con su jurisdición y el dicho juez que para el dicho oficio les dean onbres biejos y anceanos por donde se parte y devide la dicha jurisdición con la villa de Santa Maria de Salzeda el qual nombró a Gregorio da Pedra de hedad de sesenta años: y a Gregorio González de edad de quarenta y cinco años vecinos deste termino de los quales y de cada uno de ellos el dicho juez de comision thomo recivir juramento en forma so cargo del qual dixeron juntamente con los nombrados por la villa de Salzeda dezian y declaravan por donde se parte la jurisdicion e termino de Salzeda y San Martiño y ansi se fueron al monte de onde llaman el Coto del Pereiro donde esta una piedra grande que dixeron parte e divide las dichas jurisdiciones de Salzeda y Sarmartin, el qual dixeron que siempre avia servido de marco y moxon e por tal lo aprovaron y de alli biene baxando por el monte asta dar en una pena que llaman la Piedra Blanca que ansi mismo declararon servir de marco y moxon y de alli al llano del monte a donde esta un marco de Piedra grande que ansi mesmo parte y divide la dicha jurisdición de Salzeda y de alli ba por el monte adelante vajando por el monte asta dar en una Pena que llaman la Pena de la Cova, que de la parte thiene un cruz la qual sirve mar marco y moxon y de alli baxa al camino que va San Martiño para la yglesia de Salzeda a donde a la orilla del camino a la mano yzquierda esta una Penilla pegada en el muro de la viña que tiene una cruz que parte a las dichas jurisdiciones y por tal le aprovaron y de allia ba a dar la dicha jurisdición al camino que va de Salzeda para San Martiño y a donde esta un marco de piedra en el dicho camino en el dicho camino a de la parte de arriva que tiene una cruz y de alli ba por las eredades avajo asta dar en la piedra que llaman de las Palomas la qual tiene un cruz a donde se acavo la dibision y jurisdicion y moxoneria de las dichas villas de San Martin y Salzeda y los dichos Bedranos dixeron que por el juramento que tienen echo es cierta y verdadera y siempre se a usado por alli y no lo firman por no saver y firmando el dicho Luis Troncoso: Fernan Sanchez de la Mata: Luis Troncoso de Lira: Paso ante mi Pedro das Seijas escribano.
CONSEJOS,35062,Exp.2. Arquivo Histórico Nacional



Na entrada principal do pazo da Picoña consérvase unha inscrición que dí:
"Esta obra hizo ... por mandado de Luis Troncoso de Lira Sor de esta villa SM año 1603"




Con Luis Troncoso de Lira iniciou a casa de A Picoña a súa grandeza e esplendor chegando a acadar cotas importantísimas de poder, mantendo os TRONCOSO de LIRA certa cercanía ao Rei, a través dun permanente apoio militar á coroa entregado ás milicias algún irmán do señor da Picoña ou pariente cercano. Tamén tiñan estreitos lazos coa Igrexa, sendo os Troncoso de Lira nomeadores de moitas capelanías, exercendo de sacerdotes en moitas feligresías e tiñan especial trato co Convento de Santo Domingo e coa Catedral de Tui.

A xurisdición que acadaron na Picoña os Troncoso de Lira foi total, tiña esta casa o privilexio do perdón, representado por dous aneis de ferro no portal de acceso ao pazo, nas que si os prófugos condenados lograban asirse antes de que a xustiza os atrapase, quedaban á mercé do señor da Picoña, e se este os aceptaba como vasalos quedaban liberados de penas e sometidos á xurisdición do señor da Picoña para sempre.

Detalle da argola dereita



Era o de A Picoña “señor de forca e coitelo”, que era aquel que tiña xurisdición plena en tódolos ámbitos ata para castigar con pena de morte.

Na parte alta do pazo mandou instalar o “rolo”, unha columna de pedra rematada por unha bola, que representaba a categoría administrativa do lugar e servía de ameaza coercitiva aos vasalos ou forasteiros, somentes se instalaba o rolo nos señoríos que tiñan plena xurisdición. Nalgúns lugares tamén cumpría as funcións de axustizamentos para ser expostos os delincuentes a pública vergoña.

Detalle do "rolo" da Casa Grande de A Picoña



Sobre a súa nobreza:




(...) Ser dueños, los susodichos y sus ascendientes de tiempo inmemorial a esta parte de la casa y solar de Lira que es de las mas antiguas y calificadas del Reyno de Galicia, y que asi mesma an tenido todos y oy tiene el pretendiente la jurisdicion de la tierra donde esta sita la dicha casa en el lugar de Lira, y que los susosdichos descienden de la casa y solar de Troncoso sita en el lugar de Troncoso ambas en este Reyno y obispado de Tuy, y que son y an sido dueños y poseedores de dichas casas y solares de prueva ademas de la deposicion de todos los testigos de un pleyto que se siguio en la audiencia obispal de la ciudad de Tuy en el año pasado de 1617 sobre la presentacion de capellan para la capilla de nuestra señora de Arcos entre diferentes personas que presentaron como descendientes de dichas casas y entre ellos fue uno Luis Troncoso de Lira abuelo paterno del que pretende que presento en Antonio Troncoso sobre lo qual se hiço interrogatorio y por el se examinaron testigos que depusieron en la primera pregunta que el dicho Luis Troncoso de Lira era hijo legitimo de Rodrigo Lopez de Lira vecino que fue de la Picoña y descendiente de Rodrigo Troncoso y doña Constança Albarez de Sotomayor su muger dueños y señores de la casa y solar de Troncoso y otras juridiciones. Y que el pretendiente su padre y abuelo sean descendientes de las dichas casas con mas distincion y claridad se prueva de otra presentacion de capellan que para la dicha capilla hicieron diferentes personas en el año pasado de 1639 entre los quales fue uno de los que presentaron don Bernardino Troncoso y Lira padre del que pretende el qual presento a don Luis Troncoso su hermano sobre que ubo asimesmo pleyto que se siguio en la dicha audiencia obispal y a la tercera pregunta del interrogatorio porque fueron examinados los testigos dicen que los fundadores y dotadores de la capilla de Santa Maria de Arcos fueron Rodrigo Troncoso el viejo y doña Constanza Albarez de Sotomayor su muger y que dellos desciende el dicho don Bernardino Troncoso y Lira como hijo de Luis Troncoso de Lira y Maria Falcon su muger, y el dicho Luis Troncoso era hijo de Rodrigo Lopez de Lira y nieto de Rodrigo Troncoso Lira y Sotomayor, y viznieto de Juan Troncoso de Lira, y tercer nieto de Diego de Lira y doña Maria Albarez de Sotomayor la qual fue hija de dicho Rodrigo Troncoso, y doña Constança Albarez su muger, y en difinitiva el provisor de dicha audiencia declaro estar legitimamente presentado el dicho don Luis Troncoso y mandosele despachase titulo y colaçion de dicha capellania y se le diese recudimiento de frutos. Y tomada la rraçon de dichos pleytos sacamos dellos a la letra la primera y tercera pregunta, y respuestas de los testigos y asi mesmo las sentençias que en ellos fueron pronunciadas que estan en nuestros autos desde la oja 66 hasta la 69 y pedimos a don Juan de Castro notario de asiento de dicha audiencia en cuyo poder paran los dichos pleytos nos los entregase para los traer originales al Vro. Real Consejo de las hordenes el qual respondio no los podia entregar por ser pleytos eclasiasticos y aver muchas personas interesadas en ellos y otras causas que alego, y le requerimos segunda y tercera vez y las demas de derecho necesario haciendole notorio Vra. Real cedula el qual respondio lo mismo, y vista su respuesta le pedimos nos diese testimonio en relacion de los dichos pleytos  con insercion de las dichas dos preguntas, respuestas de los testigos y sentencias de juez, el qual respondio no usaba el oficio de escrivano y asi no podia dar el dicho testimonio por lo qual mando a Domingo Viçoso notario apostolico en dicha audiencia episcopal nos diese el dicho testimonio, el qual lo hiço asi y ba al fin destas pruevas. Y aviendo ido a hacer vista de ojos de las  dichas casas de Troncoso y Lira hallamos que la de Troncoso esta en el coto de Troncoso feligresia de Santa Baya de Mondariz en el Reyno de Galicia obispado de Tuy, y de dicha casa solo se halla yo una torre fundada sobre una peña y la grada de piedra de silleria, pero se le conoce ser obra mui antigua y que al lado della ubo edificios y casa fundada porque se descubren y reconoçen unos cimientos de piedras como las de la torre que en medio della esta un tronco seco de un laurel que sera de dos baras poco mas o menos de alto y no habita nadie en la dicha torre por lo qual examinamos quatro testigos in scriptis y otros muchos in voçe de los mas ancianos que hallamos en dicha feligresia y preguntamos si sabian quien poseya al presente la dicha torre y quienes descendian della los quales unanimes y conformes digeron que oy poseen y son dueños de la dicha torre don Pedro Troncoso y don Juan Troncoso que el uno vive en la feligresia de Camos Valle de Miñor y el otro en la villa de Pontebedra, y que estos y don Luis Troncoso y Lira Señor de la Picoña descienden de la dicha casa y que los an visto tratarse por parientes. Y la casa y solar de Lira esta en la feligresia de San Simon de Lira asi mesmo en el obispado de Tuy la qual es de piedra y fabrica mui antigua y tiene la dicha casa al lado izquierdo de la puerta principal dos escudos de armas que en el de encima estan al lado derecho que cogen de alto abajo todo el escudo las armas de los Liras que son un braço con una espada en la mano y al otro ay dos quarteles, y en el de arriba se conocen las armas de los Sotomayores que son unos agedreçes, y debajo destas estan las armas de los Troncoso que son un tronco desmochado. Y en el otro escudo que esta mas abajo ay dos tragetas, y en la de la mano derecha estan unas armas que no pudimos conocer ni hallamos quien nos diese raçon dellas, y en la otra targeta esta una onça abraçada con una espada, encima tiene un castillo y remata con una aguila sobre el que algunos testigos que alli examinamos in voçe y otros in scrptis digeron ser tambien esta onça armas de los liras, y que la dicha casa y juridiccion del dicho coto de Lira hasta llegar a la puerta de las partidas que sera mas de medio legua de tierra lo posee todo yo don Luis Troncoso de Lira que es señor asimesmo de las casas y jurisdicion de la Picoña como descendiente de Diego de Lira su quinto abuelo, y entre los dichos testigos que se examinaron in scrptis, el uno dellos que se llama Gregorio Garcia de hedad de noventa y seis años conocio a Rodrigo Troncoso tercero abuelo del dicho don Luis, y vio que poseyo y fue dueño de dichas casas y juridicion. Asi mesmo se comprueva la nobleça y hidalguia del pretendiente su padre, y abuelo con los avitos de Francisco Correa Troncoso cavallero de la horden de calatrava, que los testigos declaran ser hijo de Francisco Correa Troncoso, y nieto de Antonio Troncoso y viznieto de Rodrigo Troncoso hermano entero de Juan Troncoso quarto abuelo del que pretende, y con el avito de cavallero de la horden de Santiago de don Rodrigo Troncoso y Lira hijo de Rodrigo Troncoso y Lira hermano entero del dicho Francisco Correa Troncoso cavallero de la horden de calatrava; y aunque dicen los testigos, que desta familia descienden don Pedro Salgado Troncoso, y el capitan don Francisco Troncoso cavallero de la dicha horden de Santiago no declaran sus descendencias y para mayor comprovacion de la nobleça del pretendiente, su padre y abuelo paterno, citan los testigos examinados en la villa de la Picoña una capilla, y entierro, que oy posee el pretendiente, y asi mesmo sus ascendientes en el convento de Religiosas de Santo Domingo de la ciudad de Tuy adonde fuimos, y el prior del nos mostro una capilla al lado derecho del altar mayor, que solo se interpone la pared de dicha capilla cuyo edificio, y altar denota ser mui antigua fabrica, y su vocacion, y pintura es la adoracion de los Reyes; y a la entrada della se hallan dos losas con escudos de armas, encluso una targeta lisa con una barra, que coge de arriba abajo, y la otra piedra tiene un escudo con una estrella en medio, y dos leones o perros a los lados, y un letrero tan antiguo, y gastado que no se puede leer. Asi mismo nos mostro el dicho prior dos sepulturas en dos nichos de piedra en la pared de enfrente de dicha capilla, y en ellos ay dos bultos, el uno de un hombre armado, y el otro de una muger, y en el del hombre se halla un escudo en la fachada con cinco targetas de agedreces que son las armas de los Sotomayor. Y luego el dicho prior nos mostro otra capilla en el claustro que dijo ser la de capitulo, y en medio della, ay una losa con un escudo de armas de quatro linages, en primer lugar estan las de los Sotomayores, en el segundo las de los Liras, en el tercero las de los Cordidos, en el quarto una onça, que tambien ponen los Liras, y en medio de todas ay un tronco desmochado que son las de los Troncosos, y a los lados del altar ay quatro escudos donde estan pintadas dichas armas en la forma que estan en la losa, y en los dos escudos mas cercanos a el altar ay dos letros, que el uno dice: hee quatior generationes con iuncte sunt in unum, et ab antiquisimo tempore. Y el otro prosigue acabando la oracion, y dice et sepultu sunt in monumento hoc ad participationem indulgentiarum fratuum: Y declaro el prior, que estas dos capillas y entierros son y an sido de tiempo inmemorial a esta parte de don Luis Troncoso de Lira dueño de la Picoña, y de sus ascendientes, consta de su declaracion y descripcion que hicimos de dichas capillas, en las ojas 65 y 66 de los autos.
Y la nobleza del pretendiente pareçe ser publica y notoria en el dicho Reyno de Galicia porque a sido convocado como uno de los cavalleros hijo dalgo del dicho Reyno, por los capitanes generales que en el an governado las armas de su magestad como son don Vicente Gonçaga que convoco a el pretendiente como a uno de los nobles en los años de 1655, 56 y 57, y el marques de Viana, el de 58, y el arçobispo de Santiago, que al presente las govierna lo convoco como a uno de los cavalleros del dicho Reyno el año pasado de 62, como todo consta de cinco cartas firmadas de los dichos generales, que nos exibio el pretendiente, y ban en el legado de los papeles.
Y como a tal hijo dalgo dicen los testigos, que en la dicha villa de la Picoña a el pretendiente, su padre y abuelo se les guardan y an guardado siempre las preheminencias y esenciones de nobles, y que nunca an pagado tributo ninguno de los que se reparten a los hombres llanos pecheros ni les an alojado soldados en sus casas, pero que en dicha villa, y Reyno no ay distincion de estados. Tambien se compruevan la nobleça y limpieça del pretendiente su padre y abules paternos con una executoria de un pleyto criminal, que litigo en el consejo de la inquisicion de la ciudad de Santiago, el licenciado don Luis Troncoso y Sotomayor abad de Par de Rubias comisario del Santo Oficio, y hermano entero del padre del que pretende contra don Antonio Sotelo de Montaos natural de la villa de Vigo, y familiar del dicho Santo Oficio sobre ciertos librillos, que el dicho don Antonio imprimio, y publico contra la nobleça, y limpieça del dicho licenciado don Luis Troncoso, el qual en sentençia de vista y revista por el dicho consejo fue declarado por persona noble, y calificado limpio de toda mala raça. Y aviendose apelado por ambas partes de dicha sentençia al Supremo Consejo de la General Inquisicion en vista y revista, fue confirmada la sentencia, que dieron los inquisidores, y bolvieron a declarar al dicho licenciado don Luis Troncoso por hombre noble y limpio cristiano viejo como consta de dicha executoria, que original traemos, y presentamos con estas pruevas en la qual van dobladas las ojas de las sentençias.
OM Caballeros Calatrava. Exp 2638. Archivo Histórico Nacional





Luis finou en San Xurxo de Salceda o 4 de outubro de 1615, sendo seu sucesor seu fillo Bernardino Troncoso de Lira.






venres, 11 de maio de 2018

Ano 1543. A CASA GRANDE de A PICOÑA (PARTE 1). Morguete RODRIGUEZ funda o Morgado de A Picoña




A casa de TRONCOSO

Situamos a orixe da linaxe Troncoso no actual municipio de Mondariz no século X, según se deduce dos vestixios documentais seguintes:

No informe sobre as probas para a concesión do Título de Cabaleiro da Orde de Calatrava a favor de Luís Troncoso e Lira Pereira Falcón de Sotomayor e Baz de Castro, natural de Picoña, realizado no ano 1655 (Expediente nº 2638 do Consello de Ordes. Arquivo Histórico Nacional) inclúese o testemuño seguinte que describe a casa dos Troncoso:



Ano de 1663
En doce dias del dicho mes y año fuimos a la feligresía de Santa Vaya de Mondariz reyno de Galicia, y preguntamos por la casa y solar de Troncoso, y Bartholome Paços de edad de 50 años, Benito Toucedo de 66; Domingo Martinez de 58. Juan Carballo de 46 y Domingo de Grandal de 50, nos mostraron una torre de piedra de sillería de altura de ocho estados, la qual cita descubierta, y se reconoce su fabrica antigua, y a el lado della ay unos cimientos donde parece aber estado edificado una casa, y donde dicha torre ay un tronco de laurel seco que tendra dos varas de alto y no había nadie en dicha casa; y los dichos testigos declararon que de presente es poseedor de dicha casa y solar don Bernardino y don Juan Troncoso que el uno habita en la feligresia de Camos valle de Miñor, y el otro el Pontebedra y todos dixeron quales dichos dueños de la casa an visto tratarse de parientes con don Luis Troncoso y Lira de la Picoña como descendiente de la dicha casa.
OM Caballeros Calatrava. Exp 2638. Archivo Histórico Nacional


Así mesmo menciónase na obra "Los pazos gallegos", de Fernando Gallego de Chaves, Xavier Ozores e José Cao:




Consérvase la copia de una curiosa carta del Rey Ordoño, dirigida a Fernán Troncoso, que dice: "Primo. Yo os envío a saludar en gracia del Espíritu Santo. Bien sabéis el grande celo y ánimo conque voy desterrando los moros, perros enemigos de nuestra fe, y al presente me hallo falto de gente por lo que me haréis gusto con vuestros hermanos, parientes y vasallos, hallaros Vos en esta última batalla llegando al sitio con la brevedad que ésta pide y lo remuneraré. El que puede, Vos guarde. Fecha en las montañas, año 931, y por su mandato, el secretario Fragan. Don Ordoño, Rey.
Fernán Troncoso y sus hermanos salieron en abril de dicho año para las montañas de León, donde el Rey los alojó y agasajó, y después de la batalla de Sahagún, habiéndose refugiado unos moros principales en un roble por se escapar, dijo a los suyos: De tal árbol, ni tronco, ni rama. Mandólo cortar, hizo justicia, y el Rey dióselo por armas". 
 Y, en efecto, por armas tienen los Troncoso como puede verse en la capilla (del pazo de Lira): en campo de azur un tronco de árbol con dos hojas de roble al pié.





Comezamos a descrición da linaxe cun descendente homónimo do mencionado Fernán Troncoso servidor do rei Ordoño de León:

A principios do século XV, FERNÁN TRONCOSO de SOTOMAYOR, señor da casa de Troncoso casou con Inés Rodríguez de Chenlo, señora de Bincios. Inés era filla do señor de Chenlo e de Pontellas.

Do matrimonio de Fernán e Inés naceu un fillo chamado Rodrigo Gómez de Troncoso.

Ese fillo RODRIGO, alcumado “o Vello” GÓMEZ de TRONCOSO, foi o herdeiro da casa de Troncoso de Santa Baia, tamén foi señor de Riofrío, Aldea, Guillade, Chenlo, Rionegro e Vilariño entre outros sitios, asimesmo foi Comendador da Orde de Santiago.

Rodrigo casou con Constanza Alvarez de Sotomayor, filla do matrimonio formado por Alvaro Vázquez de Sotomayor e Aldonza Fragoso, quen era señora do coto de Moreira, da Pedra, Berducido, Camos, Priegue, Vilariño, Paz e Chandebrito. Foron os fundadores da capelanía de Santa María do desaparecido mosteiro de San Breixo dos Arcos en Ponteareas.

Rodrigo “o Vello” e Constanza tiveron dous fillos:

- Antonio Troncoso, foi quen seguiu a línea sucesoria, herdando a maioría das propiedades, e 

- María Alvarez Troncoso de Sotomayor, foi quen herdou a casa e señorío de Troncoso.

Dita MARIA ALVAREZ TRONCOSO, señora de Troncoso casou con Diego “o Vello” López de Lira, señor de Lira (de quen se verá mais adiante a súa ascendencia), con este matrimonio entroncáronse as casas de Troncoso e de Lira.



A casa de LIRA

Situada na parroquia de San Simón de Lira, en Salvaterra de Miño, a casa tivo a súa orixe en forma de torre cuadrangular de tres plantas e almeada. Posteriormente, cara á segunda metade do século XVI, xa entroncados os Lira cos Troncoso, ampliouse a casa engadíndose á torre, configurando a construcción civil un pazo con planta en “L”.

Pazo de Lira


Nun testemuño que consta no xa citado expediente para o ingreso de D. Luis Troncoso de Lira como Cabaleiro da Orde de Calatrava datado no año 1653, descríbese dita casa-torre da seguinte forma:






En dicho mes y año llegamos a la feligresía de San Simón de Lira en este Reyno de Galicia y nos informamos de Gregorio García escribano apostólico de edad de 66 años: y de Gregorio de Amenfora de 90; y Domingo Rodríguez de 61, y Fernan Gonçalez de 60; donde estaba la casa y solar que llaman de Lira, los quales nos llebaron a la dicha casa y allamos estar edificada de piedra labrada de sillería, y que era fabrica muy antigua, y de ostentacion y a el lado izquierdo de la puerta se allan dos escudos de armas en dos piedras grandes una sobre otra, y en la piedra y escudo preminente a el lado derecho en el primer lugar estan las armas de los Liras que es un braço que coje de alto abajo el escudo con una espada en la mano: y del otro lado en el quartel de arriba están las armas de los sotomayores que son unos agedreçes y debajo deste quartel estan las armas de los Troncosos que es un tronco de un arbol desmochado: Y en el escudo de la piedra que esta debajo de esta estan dos targetas, en la de la mano derecha ay unas armas tan antiguas y gastadas que no pudimos conocer quales son, y en la otra targeta esta una onça abraçada con una espada y encima de si tiene un castillo que remata con una aguila sobre el, y los dichos testigos declaran las estas tambien armas de los Liras y que oy pasa y tiene una casa Don Luis Troncoso de Lira dueño también de la de la Picoña y jurisdicion del qual conocen de trato y comunicacion y saben que la poseyeron don Bernardino y don Luis Troncoso y Lira su padre y abuelo paternos, y el dicho Gregorio García notario declaro aber conocido a Rodrigo Troncoso y a Rodrigo Lopez Troncoso visabuelo y rebisabuelo del que pretende y que todos poseyeron la casa como descendientes por linea de esta de varon del primer poseedor de ella, y por que con todo pusimos y por auto firmamos.
Fdo. D. Joseph de Figueroa y Cardona y Lorenço Carrillo
OM Caballeros Calatrava. Exp 2638. Archivo Histórico Nacional










De alí estendeuse a familia LIRA por diversos lugares, como Areas e Moreira en Ponteareas, San Salvador de Piñeira en Tomiño, San Miguel de Corzáns en Salvaterra, Reboreda, Baiona, Vigo, Redondela, varios pobos de Castela, Málaga, Monçao en Portugal, Flandes e mesmo Chile, pero no lugar onde os TRONCOSO de LIRA alcanzaron a maior grandeza e un glorioso pasado foi coa rama familiar que se asentou en A PICOÑA, en Salceda de Caselas. 

Os ascendentes pola rama dos LIRA son os seguintes:

GARCÍA BERMUDEZ de TRABA casou cunha señora da familia Montenegro, eles foron os pais de Lope de Lira.

LOPE de LIRA casou con Aldonza de Sotomayor e ambos foron pais de ALONSO GOMEZ de LIRA, quen casou cunha muller da familia Villamarín.

Fillo de Alonso Gómez de Lira foi VASCO ALONSO de LIRA, a quen podemos considerar como o primeiro señor de Lira, casou con Berenguela Lorenzo Abreu e deste matrimonio naceu GARCÍA VÁZQUEZ de LIRA, quen continuou co señorío de Lira, e casou con Toda Pérez Vilariño.

Fillo de García e Toda foi SUERO FERNÁNDEZ de LIRA, tamén señor de Lira, quen á vez tivo por fillo a ALONSO GÓMEZ de LIRA.

Froito do matrimonio de Alonso Gómez de Lira con María Annes Chantes, naceu LOPE GÓMEZ DE LIRA, quen casou cunha señora da casa de Soutomaior e tiveron dous fillos:

-        Isabel de Lira, e
-        Rodrigo López de Lira, quen seguiu a liña sucesoria.

RODRIGO LÓPEZ DE LIRA casou con María Bernárdez de Castro e tiveron tres fillos, a saber:

-        Diego “o Vello” de Lira Troncoso quen seguíu a liña sucesoria,
-        Lope de Lira Bernárdez, e
-        Antonio Troncoso de Lira.

DIEGO “o Vello” de LIRA TRONCOSO casou con MARÍA ALVAREZ TRONCOSO de SOTOMAYOR, señora da casa de Troncoso (xa descrita no apartado da casa de Troncoso). Con esta unión entroncáronse as casas e familias de Lira e de Troncoso.

Deste matrimonio naceron tres fillos:

-        Juan Troncoso de Lira, herdou o señorío de Troncoso, e un terzo do señorío de Lira.
-        Rodrigo Troncoso de Lira, foi quen herdou a outra parte do señorío de Lira.
-        Aldonza Fragoso, veciña de Moreira, quen tras casarse con Antonio Correa foron a vivir Monçao en Portugal.

O primoxénito JUAN TRONCOSO DE LIRA e SOTOMAYOR, foi señor da casa de Troncoso e parte da casa de Lira, casou con Constanza Vázquez Cordido quen era filla de Vasco Fernández de Barragáns e de Inés Yáñez de Cordido,  tiveron dous fillos:

-        Rodrigo Troncoso de Lira e Sotomayor, quen foi o que continúa a liña sucesoria.
-        Fernando Pereira de Lira, quen pasou a Portugal e foi agraciado cun hábito da orde militar de Avis do reino de Portugal.

RODRIGO TRONCOSO DE LIRA e SOTOMAYOR, casou con Mariana Rodríguez, filla de Morguete Rodríguez, fundador no ano 1543 o morgado e a casa de A Picoña con varias propiedades que adquirira, e alí fixaron Rodrigo e Mariana a súa residencia e deu comezo o esplendor de A Picoña, que foi a casa principal dos TRONCOSO de LIRA e SOUTOMAIOR.


Árbore xenealóxica:

Árbore xenealóxica






MORGUETE RODRIGUEZ

Morguete Rodriguez foi Cóengo e Mestrescuela da Catedral de Tui e anteriormente Racioneiro da mesma, posuía un importantísimo patrimonio no sur da provincia. Fundou no ano 1543 o morgado de A Picoña, vinculándolle grandes haberes. Tivo unha filla natural (fora de lexítimo matrimonio) que foi a súa herdeira, chamada Mariana Rodríguez.

Dita Mariana casou con Rodrigo Troncoso de Lira, señor das casas de Lira e Troncoso ás que se uniu a de A Picoña:




Dn Morguete Rodriguez, también tuvo por patria esta Ciudad fue hijo legitimo de Dn Rodrigo Lopez y Dª Maria Alvarez su muger, que vivieron en la Calle de Abajo, personas muy honrradas del pueblo. Obtuvo Dn. Morguete una Racion en nuestra Catedral, y de tal le hallamos espresado desde 8 de Junio de 1528 hasta 20 de marzo de 1534: Luego despues subió a Canonigo de la misma, pues en 28 de Noviembre de 1536 ya le vemos en posesion de la Canongia la que ocupó felizmente por muchos años, y al mismo tiempo era Rector de la parroquia de San Miguel de Taborda, cuya yglesia construyó de nuevo por su cuenta en distinto sitio del que tenía en el año 1556. Segun consta de un rotulo que se mira grabado en ella. Hizose muy celebre por haber fundado y dotado con muchos bienes, crecidas rentas, presentaciones de curatos y otras grandes prerrogativas y regalias la ilustre Casa y Mayorazgo de los Troncoso de San Martin de la Picoña el año de 1543. Siendo el primer poseedor de ella su nieto Dn. Rodrigo Lopez de Lira, hijo legitimo de Dn Ruy Troncoso y Dª Maria Rodriguez, esta hija natural del fundador en cuyos descendientes por linea recta de varon anda hoy en dia dicha Casa. El Dn. Morguete aun seguia de Canonigo de Tuy en 5 de Mayo de 1579, pero al poco tiempo despues, debió morir por que en 25 de Julio de 1581 era ya difunto. Enterrose en su capilla de los Santos Reyes que tenía en la Yglesia del Convento de Santo Domingo de esta de Tuy.
Historia Civil y Eclesiástica de la Ciudad de Tuy y su Obispado. Avila y la Cueva.





Do ano 1588 data a demanda feita por Rodrigo López de Lira pola sucesión e administración dos bens da Capela de Advocación da Epifanía en Santo Domingo en Tui que fora fundada e vinculada por Aparicio Alvarez da Picoña e Morguete Rodríguez, canónigo na Catedral de Tui. (Caixa 832 18. Arquivo do Reino de Galicia)

No ano 1695 seu sucesor Luis Troncoso de Lira foi parte nun pleito apostólico sobre a titularidade do Patronato de San Xusto de Pastor de Entenza, contra o bispo de Tui:





Gregorio Fiuza en nombre de Don Luis Troncoso de Lira y Sotomayor Cavallero del Orden de Calatrava Señor de la Casa solar de Lira y Fortaleza y Villa de la Picoña, Patrono Unico insolidium del beneficio curado de San Justo y Pastor de Entienza de la Diocesis de Tuy en el pleito sobre el patronato y presentación de dicho beneficio que toca insolidium a mi parte con el Ilmo. Señor Obispo de dicha Diocesis y su Fiscal eclesiástico, en que Vmd. se alla juez para su conocimiento por letras Apostolicas y comision de su santidad cuya jurisdicion tiene aceptada en virtud dellas y con su emplazamiento insertar dichas letras en que se espresa el derecho que pretende mi parte, y allan citadas y enplazadas las partes, a que salio la del fiscal eclesiastico por el derecho de dicho Ilmo. señor Obispo y libre colacion y digo que Vd. se ha servir y declarar el patronato y presentacion de dicho beneficio ser de legos y tocar y pertenecer insolidium a mi parte, y los sucesores en su casa y mayorazgo y como a tales a sus apresentados deversele azer titulo y colacion, manteniendoles y comparandoles en el justo derecho de patronato y presentacion, por ser la de dicho beneficio desde inmemorial tiempo de legos por dotación y fundación y que a sus apresentados se le ha echo titulo y colacion y canonica institucion que lo han tenido y poseido por largo tiempo y por todo el de su vida y que dicho derecho de patronato y presentacion de legos insolidum recayó en el canonigo Morgete Rodriguez por cuya causa y de sus causantes, por quienes se han echo los titulos es legitimo sucesor mi parte y le toca y pertenece y como tal deve ser mantenido con su posesión sin que contra ella y el derecho de su propiedad se alle titulo alguno, que causase estado ni perjudicase a mi parte, y los sucesores en su casa y mayorazgo en el estado, de posesion y propiedad del patronato y posesion de dicho beneficio por lo qual suplico a Vmed. se sirva azer y declarar a fabor de mi parte segun y como llevo pedido con las mas pronunciaciones y declaraciones necesarias al cumplimiento de justificia que pido con costas y que se reciva la causa a prueba a que concluyo.
Fdo. Don Luis Troncoso de Lyra
Consejos 26462 exp8. Archivo Histórico Nacional





MARIANA RODRIGUEZ

Mariana, era filla de Morguete Rodríguez, casou con RODRIGO TRONCOSO de LIRA, (tamén nomeado Rui que era a equivalencia en portugués de Rodrigo) quen era fillo, como xa se dixo, de Juan Troncoso de Lira e de Constanza Vázquez Cordido.

Tiveron a residencia en A Picoña, e Rodrigo Troncoso de Lira, pasou a ser o primeiro señor de A Picoña, tamén foi señor de Lira.

Do matrimonio naceron tres fillos:

-        Rodrigo López de Lira, quen foi o sucesor,

-        Juan Troncoso de Lira, abade de Parderrubias e comisario do Santo Oficio da Inquisición,

-      Morquete Rodríguez Troncoso de Lira, quen casou con Inés Aballe Mariño.


RODRIGO LÓPEZ de LIRA

Rodrigo, fillo de Rodrigo Troncoso e Mariana Rodríguez, foi tamén señor de A Picoña e de Lira, tivo a súa casa principal en A Picoña, tamén se documenta que tivo residencia en Tui no ano 1585. Casou con Inés Gómez de Soutomaior, e tiveron dous fillos:

-        Luis Troncoso de Lira, quen foi o sucesor,

-        Alonso Troncoso de Lira, quen casou con Leonor de Araújo e foron pais de Melchor Troncoso de Lira, abade de Santa María de Reboreda, en Redondela.






martes, 14 de novembro de 2017

Ano de 1753. A Capela de San Xosé en Pumar de Suso. O Barreiro



A capela está situada no barrio do Barreiro, concretamente no lugar de Pumar de Suso.

Porta principal


Aínda que hoxe encóntrase reconvertida nun alpendre, todavía conserva os muros da nave principal e da sacristía, o chan está empedrado e no interior posue varias pías e adornos en pedra. Estaba adicada a veneración de San Xosé.

No ano 1753 cítase no catastro de Ensenada que existían tres capelas na feligresía de Santa María de Salceda: San Antonio (pazo de Avalle), San Benito (pazo de Pegullal) e San Xosé en Pumar de Suso.

A finais do século XIX, a capela de San Xosé caeu en decadencia, o seu titular a partir do ano 1785 foi Diego Pousa Fernández, crego de menores causas, que ademáis era propietario das casas contiguas e terras vinculadas á dita capelanía. Dito abade tiña tamén outras propiedades en Tui e noutros lugares, e parece que non adicaba o suficiente interese pola capelanía de San Xosé de Salceda.

Casa vinculada á capela

Interior da eira


No ano 1800 o abade de Salceda, Anselmo Benito Rodríguez iniciou un pleito ante o Tribunal Eclesiástico para reclamar a titularidade da capelanía por incumplimento das obrigas da fundación e por suposto abandono do mantemento da capela. A capela e as rendas foron embargadas, ata que Diego Pousa aportou a fianza e acreditou o cumprimento das obrigas.



Ylmo Sr. El día sabado veintiseis del que rige, ynformé de palabra a V.S. Ylma. las seguras señales, que tenia para conceptuar que Don Diego de Pousa Fernandez, clérigo de menores y capellán de la capellanía colatiba de la advocación de San Joseph sita en esta parroquia, no cumplía con la obligación del oficio Divino, y mas cargas annesas a la tal fundación, y que mediante hallé en el una total ygnorancia del modo de regir del rezo, hacer las correspondientes comemoraciones, y mas particulares que nos mandan las rubricas, hiceme cargo, que este hombre jamás havia rezado, quando hai mas de catorce años, que está posesionado de la dicha capilla, luego le hice las correspondientes correciones, y por ver el ningun provecho que de ella le resultó, a causa de una pereza, y envejecida falta de regimen en que parece siempre vivió, pasé y paso a ponerlo en noticia de V.S. Ylma. a finde que para remediar semejante conducta se sirvan tomar las providencias, que sean del agrado de V.S.Ylma., y de Dios nuestro Señor, a quien pido conserve su ymportante vida por los dilatados de sus dias, B.S.M. de V.S.Ylma, el mas humilde subdito y capellan.
Fdo. Antonio de Castro y Montenegro.
Salceda y Abril 28 de 1800.








En cumplimiento del decreto antecedente, yo el infraescrito notario de Poyo de uno de los dos oficios de asiento de esta Audiencia y Tribunal eclesiástico certifico y hago fe en verdad de testimonio que en el pleito que se está disputando en dicho tribunal y por el referido oficio de mi cargo entre Don Anselmo Benito Rodríguez clérigo vezino de la feligresía de Santa María de Salceda y Don Diego Pousa Fernández clérigo de menores, capellán de la capellanía colativa de advocación de San José fundada en la Parroquial de dicha feligresía de Salceda. Sobre que se prive a este de su obtención y goce por las razones que ha expuesto dicho Don Anselmo en su demanda en cuyo pleito como se subestase también en la omisión y desidia de dicho capellán en reparar la capilla, casas y vienes de su fundación y la falta de cumplimiento de las misas que tiene de cargas se procedió al reconocimiento y estado de la citada capilla y vienes de su datación mandando al mismo tiempo que el Abad de dicha feligresía de Salceda certificase lo que le constase no solo quanto al cumplimiento sino también quanto al de las mencionadas misas y en efecto dio el certificado siguiente:
En dicha villa dia mes y año que preside yo escribano manifesté a Don Joaquín Canseco de la Bandera, abad y cura párroco en ella, el despacho antecedente de los señores provisores en su persona que enterado de el dijo, que el Don Diego Pousa quando reside en esta parroquia, quien se retira a la de donde es oriundo en la ciudad de Tuy y mas parajes que le tiene cuenta que estando en estas algunas veces baja a la Iglesia. La misa semanaria no save quien le corra con ella. Las cantadas que no asistió a ninguna de que lo aia echo. Y si con lizencia del que dice en el diziembre del año próximo pasado cantaron alguna en dicha capilla que oyi fueran diez y siete y también le consta hizo cantar las de los siete primeros años y no hay duda cumple en esta parroquia con el precepto pascual. Que es quanto puede decir y certificar en el particular y lo firma de que doy fe: Don Joaquín Canseco de la Bandera. Ante mi Francisco Antonio Pedrero de Barros.
Y como del recomiento resultase el deplorable estado que en la actualidad tenían las expresada capilla, sus casas y vienes y el referido capellán no cumpliese dentro del término que se le prefixo de repararlas dar fianza eclesiástica de hacerlo igualmente en hacer haber tener cumplido con las expresadas Misas se puso secuestro y embargo en los expresados vienes y rentas de dicha capellanía, y esto presentando una relación de las misas cantadas que estavan celebradas y recivos de las rezadas que el tenor de ellas es el siguiente:
Diciembre tres de mil setecientos noventa y seis. Misas cantadas San Josef:
Don Manuel Cavaleiro cantó tres misas. Don Juan Antonio de Lemos cantó tres misas. Don Josef Ignacio Alvarez cantó tres misas. Don Francisco Romero cantó tres misas. Don Josef Antonio Bernárdez cantó tres misas: Los siete años antecedentes están cumplidos por la certificación que dió el Señor Abad por la declaración que le fue pedida por la contraria (...)
Presentose igualmente por parte del mencionado capellán un papel de contrato entre el Sr. dicho y los maestros de carpintería de las obras que estos havian de hacer en la expresada capilla y casa de su fundación por la cantidad de 1900 reales pidiendose por dicho capellán que respecto con todo ello hacía ver el cumplimiento de lo que se le havía prevenido de suspendiese toda providencia en esta parte presentando también posteriormente el recivo siguiente: Don José Ygnacio Alvarez presvítero vecino de la Picoña, certifico y siendo necesario que Don Diego Pousa, capellán de San Josef en Salceda con motivo de hir los mas de los dias a decir Misas a su capilla me encargó desde su principio una semanaria de su fundación, con la que corri hasta aora y correré mientras no mudere de voluntad, de cuya limosna atrasada y hasta aquí me doy por satisfecho. Y pare que conste de pedimento de dicho capellán lo firmo: Picoña y octubre 23 de 1798. Don Ygnacio Alvarez.
Y con vista de todo ello y de lo deducido por una y otra parte se dió auto por el que reservándose determinar lo conveniente sobre los varios y articulares de que se tratava y atendiendose lo al que mas instava que para el reparo y remedio de la capilla y vienes de su fundación, teniéndose en consideración que según resultava se estava y al travajando con efecto en repararlos y que para proseguir la obra se hacían precisos los frutos que se havian mandado embargar se alzaba para solo dicho efecto el secuestro y embargo de ellos y vienes de dicha capellanía vajo la precisa condición de que dicho capellán diese fianza eclesiástica abonada y bastante para reparar la espresada capilla y sus vienes y de su fundación en la forma que correspondía y assí mismo para el cumplimiento de las misas que se verificasen no estar cumplidas y reintegro de los muebles y alhajas que debían substituir y dejó el fundador si se averiguase faltan algunos. Y haviendo cumplido dicho capellán con la presentación de dicha fianza prevenida por el mencionado, aún con su vista se mandó poner en execución el desembargo de los referidos frutos y vienes de dicha capellanía y que el depositario los entregase al expresado capellán y se está tratando sobre lo principal, según que lo relacionado muy largamente consta de dichos autos y lo aquí inserto concuerda con ellas a que me refiero y en fe de ello y cumplimiento de la mandado doy el presente que firmo en estas cinco ojas, la primera que es la del pedimento y la que se sigue y está del sello que se reconoce y las de su intermedio papel común.
En dicha ciudad de Tuy a 30 de julio de 1800
Gabriel Jacobo Gómez.
Arquivo Histórico Diocesano de Tui





Avanzado o século XIX, as casas e terras vinculadas á fundación e capelanía de San Xosé foron desmembradas da capela, pasando a ser propiedade laica dos sucesores mentres que a capela pasou a ser de titularidade eclesiástica.

Datado en 1856 está o testamento dun abade de Santa María de Salceda chamado José Ramón Troncoso, quen pediu que antes de ser enterrado o seu cadáver no cemiterio parroquial, fose velado na capela de San Xosé:



En la villa de Santa María de Salceda de diecinueve días del mes de once de mil ochocientos cincuenta y seis, yo Don José Ramón Troncoso, Abad párroco de esta vecindad, a pie y en mi entero caval juicio y entendimiento natural creo en todos los misterios de nuestra Santa Madre Yglesia Catolica Apostolica Romana en cuya fe vivo como tal Catolico Cristiano, y ordenando mis cosas hago esta mi disposición testamentaria como sigue.
Amortajado mi cuerpo con las vestiduras sacerdotales sepultado en el cementerio de esta parroquia y hallandose mi dicho cuerpo echo cadaver sea depositado en la capilla de San José de esta espuesta parroquia (...)
Declaro que tengo en mi compañía a mi hermana Doña Benita Troncoso soltera, a quien por los servicios que me tiene echo y que espero continuará hasta mi fallecimiento le legato para siempre jamás la Casa y lugar donde vivo al sitio titulado da Carvallida en esta Parroquia de Salceda (...)
Escribano Juan Francisco Alvarez. Protocolos Notariales. Arquivo Histórico Provincial de Pontevedra




A finais do citado século XIX deixouse de celebrar oficios na capela, a imaxe de San Xosé foi trasladada á igrexa parroquial, onde todavía se conserva en bó estado de conservación, e a capela foi desacralizada e abandonada ata que entrou en estado semiruinoso.

Entrada lateral



No ano 1925 don José Gil cura párroco titular de Santa María de Salceda solicitou ao Bispado de Tui a autorización para a venda da capela:



Ylmo y Rvdsmo Sr Obispo de Tuy.
Don José Gil Pérez, cura párroco de Santa María de Salceda en este obispado a S.Ylma.Rev. con el mas profundo respeto expone:
Que en el barrio de Pumar de Suso, perteneciente a esta parroquia de Salceda, existe una capilla llamada de San José cuya techumbre en gran parte se ha derrubado y en cuyos altares están completamente deteriorados y casi deshechos, de manera que en la forma en que se encuentra, es en absoluto irreversible.
Como no se encuentra con recursos para su arreglo y aunque los hubiera, el infraescrito no cree conveniente dicho arreglo, porque mermaría las ofrendas a la parroquial, y a fin de aprovechar algo de ella para el culto de la iglesia a S.Y.R. humildemente suplica se obligue autorizarle para enagenarla al que mejor la pague o mas se acerque al precio señalado por las personas peritas cuyo informe acompaño.
Es gracia que el recurrente espera obtener de la bondad de S.Y. cuya preciosa vida conserve el Señor muchos años para bien de la Iglesia.
Salceda, 8 de marzo de 1925
José Gil Pérez

Arquivo Histórico Diocesano de Tui




Detalle da tasación feita por Manolo de Tacura e Faustino Juste:



Manuel Núñez Rodríguez maestro de obras y Don Faustino Juste Domínguez perito agrimensor, vecinos ambos de Santa María de Salceda, en la provincia de Pontevedra informamos:
Que según nuestro parecer el valor de la capilla en ruina llamada de San José sita en el barrio de Pumar de Suso de esta parroquia de Salceda, incluyendo en solar de la misma asciende a 936 pesetas.
Y para que así conste, lo firmamos en Salceda, a 17 de Febrero de 1925.

Arquivo Histórico Diocesano de Tui







Ylmo. y Reverendisimo Señor Obispo de Tuy
Para poder informarle con conocimiento de causa sobre la situación de la capilla denominada de San José en la parroquia de Salceda, me trasladé acompañado del Señor Teniente Arcipreste Abad de Entienza a aquel lugar el día 21.
Dicha capilla la hemos encontrado solamente con sus paredes en regular estado de conservación. Es pequeñita y endosada a una propiedad con puerta lateral. La puerta principal mira a la entrada de esa propiedad y de un camino de poco mas de tres metros de ancho.
Las imágenes de los altares que tiene, ya las había trasladado a la parroquial el párroco anterior y haciendo averiguaciones entre algunos vecinos de interés por la restauración de la misma por cuenta de ellos, se mostraron poco decididos y casi indiferentes.
En consecuencia somos de opinión se enagene en beneficio de la parroquial. Los tasadores son personas competentes y honradas, según informes, y no nos parece fuera de razón la tasa.
Caldelas 23 de marzo de 1925.
Manuel María Fernández Vázquez.

Arquivo Histórico Diocesano de Tui




Detalle do interior da capela:





Non houbo interesados na compra da capela e seguiu deteriorándose durante 11 anos mais, ata que apareceu un comprador que ofreceu por ela 250 pesetas:


Exmo. Sr. Ylmo. Obispo de Tuy
Don José Gil Pérez, Abad Párroco de Santa María de Salceda en este obispado a V.E. con todo respeto expone:
1º Que en el año 1925 fuí autorizado según oficio que acompaña para enajenar una capilla, ya en ruinas titulada de San José sita en el barrio denominado Pumar de Suso, de esta parroquia.
2º Que hasta el presente no hubo quien se interesase en comprarla, por cuya razón se ha arruinado mucho mas de los que entonces estaba, no quedando en la actualidad mas que las paredes.
3º Que la persona que ahora se interesa en comprarla no ofrece mas que 250 pesetas.
4º Que auque quisiésemos restaurarla no se cuenta con recursos para hacerlo ni lo considero necesario, por cuanto el nucleo de población que la rodea puede muy bien como ya lo hace, concurrir a la iglesia parroquial.
5º Que de no venderla, en esta ocasión probablemente no habrá después quien se interese en la compra de la misma, y entonces no se aprovechará nada de ella, pues terminará por derrumbarse del todo.
6º Que el precio de 936 pesetas tasado antes, es ahora, muy exagerado porque como digo no existen mas que las paredes.
Por consiguiente en virtud de lo expuesto creo ser conveniente enagenar dicha capilla derruida con su area en el precio de 250 pesetas que dan por ella a fin de aprovechar algo en forma de la Iglesia. 

Por eso recurro a V.E. rogándole se obligue autorizar la venta en las condiciones arriba dichas, y el empleo del dinero producto de la venta, en lo mas necesario de esta iglesia parroquial de mi cargo.
Es gracia que espero conseguir de la bondad de V.E. cuya vida conserve el señor para bien de su iglesia.
Salceda, 8 de enero de 1936
José Gil Pérez

Arquivo Histórico Diocesano de Tui



Sacristía


A capela foi comprada pola mesma familia que posuía a casa e terreos estremeiros que estiveran vinculados á capelanía, voltando desde entón a continúar xuntos. Pero esta vez a capela foi adicada a alpendre.

Vista exterior


A mediados do século XX foron vendidos o campanario e varios pináculos que continuaban desde a parte baixa do campanario e cumio da capela ata a parte superior do vetusto portal principal que da acceso a casa e eira, xunto co altar e varias pedras labradas como a do fornelo e ménsula onde estaba exposta a imaxe de San Xosé para ser empregados na reconstrucción dunha igrexa na cidade de Pontevedra.

Imaxe orixinal de San Xosé que era venerada na capela.
 Na actualidade está na Igrexa parroquial.



A pesar de que a capela quedou sen culto, os veciños seguiron celebrando a festividade de San Xosé durante moitos anos despois.

Cada ano unha familia facíase cargo da organización da festa, e quince días antes do festexo ían polas casas dos veciños para recaudar viño, millo, centeo, pitas ou calquer produto que se producía na casa, os cales eran vendidos para pagar a celebración. A imaxe de San Xosé era sacada da igrexa parroquial e levada en procesión ata o Valadouro, un terreo baldío que había en Pumar de Suso, no cruce de camiños lindante co lugar da capela, e alí celebrábase pola tarde a festa amenizada por un gaiteiro. E era obrigado retribuir ao cura cunha rosca grande, un galo e un cabazo de viño.